Monumento Natural Nacional Yaguareté en Argentina

Ley 25.463.

13 de Septiembre de 2.001.
Este es el texto de la ley, publicado en el Boletín Oficial del 13 de Septiembre de 2.001:

Ley 25.463

Declárase monumento natural a la Panthera Onca conocida como yaguareté, yaguar, tigre, overo u onca pintada.

Sancionada: Agosto 15 de 2001.

Promulgada: Septiembre 7 de 2001.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º – Declarar monumento natural sujeto a las normas establecidas por la ley 22.351, a la Panthera onca (Linneo, 1758) (=Leo onca Linneo, 1758) conocido como yaguareté, yaguar, tigre, overo u onca pintada.

ARTICULO 2º – Encomendar a la Administración de Parques Nacionales compatibilizar con la Dirección Nacional de Fauna y Flora Silvestres o el organismo que corresponda, el plan de manejo para la especie en las áreas bajo su jurisdicción, ajustándolo a la política faunística nacional.

ARTICULO 3º – Invitar a los organismos provinciales competentes a adoptar y coordinar con los organismos nacionales planes de manejo y protección en los territorios sometidos a su jurisdicción.

ARTICULO 4º – La Autoridad de Aplicación garantizará la planificación y ejecución de medidas de prevención en los casos en que algún ejemplar se constituya en circunstancialmente perjudicial para el hombre y/o sus actividades productivas.

ARTICULO 5º – Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL UNO. – REGISTRADO BAJO EL Nº 25.463 – RAFAEL PASCUAL. – MARIO A. LOSADA. – Guillermo Aramburu. – Juan C. Oyarzún.

Decreto 1153/2001 Bs. As., 7/9/2001

POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº 25.463 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. – DE LA RUA. – Chrystian G. Colombo. – Ramón B. Mestre.

ESTA LEY ESTÁ SIN REGLAMENTAR AÚN.